jueves, 17 de septiembre de 2009

Las obligaciones

Segun la instituta de justiniano para la jurisprudencia clasica
Obligación:es la relacion patrimonial sancionada mediante una acción civil in personam.
Caracteristicas
se utiliza la palabra tecnica oportere que expresa un deber según el derecho civil

La expresion obligatio se deriva de ligare (atar) no para designar una deuda sino para la posicion en q se encuentra un fundo u otra cosa q han sido entregados en garantia.

Segun antecedentes más antiguos sse fundamentaba en el concepto de debitum.

El debitum era una deuda q consistia en tener algo de otra persona y estaba sancionado en el derecho antiguo por la manus inectio asi como el habere (el tenerr propio) se defendia por medio de la vindicatio.


Causas originarias del debitum

  • nexum: es un prestamo q se hace con la garantia de la propia libertad del deudor se formaliza con la mancipatio en la q el prestatario en lugar de mancipar un objeto del mancipium enajena su propia persona, condicionando la enajenación a la no devolucion de una cantidad de dinero q se presta de esta manera el deudor insolvente quedaba sujeto al apoderamiento de su persona por la mancipio accipiens

  • Hurto: Es la sustracción de una cosa ajena con fin de lucro, tambien sujetaba al ladron, a q la victima pudiera ejercer la manus iniectio contra el .
en la epoca arcaica la manus inectio fue extendida a relaciones patrimoniales provenientes de otras causas.

a)una condenacion solemne en litigio, lo q corresponde a la aparicion de nuevas acciones (la sacramentun in persanam,legis actio per iudicis arbitrive postulationem,legis actio per condictiomen) q hacia necesario q hubiera una declaracion previa de la deuda de la existencia de la deuda antes de recurrir a una accion personal.

b)la confessio in iure del debitum

c) una condenacion privada(damnatio) a los herederos contenida en un testamento es decir un legado damnatorio.










miércoles, 2 de septiembre de 2009

cuadro comparativo

Cuadro comparativo de las teorías contractualistas

HOBBES

ESTADO DE NATURALEZA

Individuos agresivos. Derechos naturales: a todo, incluso a la propiedad ajena. Guerra de todos contra todos. El hombre es un ser egoísta. Sólo desea satisfacer sus deseos y tener más poder.

No hay más ley que el interés propio. Ese interés le lleva por un lado a vivir en sociedad, ya que así puede salir del estado de guerra y vivir más seguro y cómodo, pero, por otro lado, tiene miedo a los otros, por eso es necesario el contrato.

CONTRATO SOCIAL

Entre: Individuos (a favor de su gobernante).

Supone: Renuncia a todos los derechos.

Fin: paz.

Los hombres realizan un contrato en el que pierden sus derechos en función de una autoridad que obliga por la fuerza a cumplir los pactos.

Después de la constitución de ese poder absoluto harán ya todo tipo de acuerdos para beneficiarse mutuamente

Ceden todos sus derechos salvo el de la vida que ha de preservar el estado.

SISTEMA POLÍTICO

Absolutismo

(no hay pacto con el gobernante; la renuncia a los derechos es irrevocable).

LÍMITES DEL PODER Y LEGALIDAD

Como no hay autoridad moral previa a la ley positiva, las leyes las establece el soberano. La autoridad del soberano es absoluta y no tiene que rendir cuentas a nadie.

LOCKE

ESTADO DE NATURALEZA

Comunidades. Derechos naturales: “propiedad” (vida, libertad, posesiones).

Paz: libertad.

Los hombres son libres e iguales, pero con frecuencia no se respetan cuando entran en juego sus intereses. El Estado de naturaleza es inseguro.

La ley natural cognoscible por la razón humana prescribe la obligación moral de respetar la vida, la libertad y la propiedad de los hombres.

CONTRATO SOCIAL

Entre: individuos y gobernante.

Supone: renuncia sólo a legislar y castigar (poderes judicial y ejecutivo)

Fin: protección del derecho de propiedad.

Los ciudadanos pactan respetar la ley natural y las leyes establecidas por el gobernante, y ganan seguridad y respeto en lo relativo a sus vidas, libertades y propiedades.

Ceden el derecho a impartir justicia por sí mismos.

SISTEMA POLÍTICO

Liberalismo

( los individuos conservan la mayoría de derechos naturales; el poder del gobernante es revocable)

LÍMITES DEL PODER Y LEGALIDAD

La ley natural legitimadora del pacto es también el límite para la acción del gobernante.

Existe separación de poderes (legislativo, ejecutivo y federativo). Se reconoce el derecho de resistencia frente a los abusos del poder.

ROUSSEAU

ESTADO DE NATURALEZA

Individuos “bondadosos”. Derechos naturales. Paz. Dificultades subsistencia.

Los hombres en estado natural actúan movidos por el amor propio (instinto de conservación) y por la compasión. Viven en el estado feliz del “buen salvaje”, en armonía con la naturaleza y con los otros hombres.

En el Estado de naturaleza no hay moralidad.

CONTRATO SOCIAL

Entre: individuos y comunidad.

Supone: entrega de todos los derechos a la comunidad.

Fin: subsistencia. Libertad cívica.

¿Qué obliga al contrato social? La irrupción de la propiedad privada y de la sociedad pervirtió el orden natural. Ahora hay que realizar un contrato para cambiar en profundidad al hombre y a la sociedad.

SISTEMA POLÍTICO

Democracia

(contrato crea la “voluntad general”; al obedecerla, individuo se obedece a sí mismo).

LÍMITES DEL PODER Y LEGALIDAD

Es la comunidad la que se da a sí misma la ley. Su objetivo es el bien público. El legislador debe preparar las leyes que expresen el dictamen de la voluntad general.

SPINOZA

ESTADO DE NATURALEZA

El hombre está dotado de razón y pasiones. En estado de naturaleza dominan las pasiones, la codicia, que producen la lucha y la guerra. Es un estado a-moral o pre-moral, hipotético, en el que cada individuo tiene un amplio derecho a cuanto puede por su fuerza o habilidad.

“El hombre es un Dios para el hombre”. La maldad tiene por causa las pasiones. Por tanto, es algo que se debe evitar. Es un estado en el que el derecho natural está determinado por la capacidad de cada uno y, por lo tanto, no hay seguridad de poder conservarlo.

CONTRATO SOCIAL

“Cada individuo tiene el máximo derecho a todo cuanto puede”. El derecho natural podrá componerse si cada individuo actúa conforme a la regla de la razón (si cada individuo fuese realmente consciente de lo que “realmente es su interés” y careciese de debilidad en su voluntad).Como el ideal de racionalidad no se da efectivamente, es necesaria la creación de una organización capaz de coaccionar a los súbditos a fin de que armonicen sus comportamientos (tal como harían de un modo espontáneo si fuesen totalmente racionales). La salida del Estado de Naturaleza es la cordura, que se realiza por medio del pacto que se basa en la utilidad. El objetivo moral es erradicar la codicia, y el político el garantizar la concordia colectiva. El estado se funda en las pasiones humanas, y es por ello el “derecho que se define por la potencia de la multitud”. Cuantos más hombres se junten, más poder tendrán. Cuando se entra es el Estado, se renuncia al derecho de actuar de acuerdo con la propia libertad, pero no se renuncia a la crítica, y al juzgar y razonar. Defiende, por tanto la libertad de expresión siempre que se sirva uno de la razón; aunque no defiende que se actúe en contra de los decretos del soberano. Por medio del Pacto cada individuo transfiere a la sociedad todo su poder, con lo cual ésta tenderá un derecho absoluto sobre todas las cosas. La obediencia se produce de un modo libre o por temor.

SISTEMA POLÍTICO

Spinoza ve preferible un régimen democrático, aunque es indiferente que el poder resida en uno, en pocos o en todos, con tal de que la suprema autoridad tenga el derecho soberano de mandar lo que considere conveniente. El derecho natural queda, entonces subsumido en el poder soberano, quien no se someta a ese poder estará renunciando a su derecho natural.

LÍMITES DEL PODER Y LEGALIDAD

Los individuos mantienen su derecho individual. La conservación del Estado depende de la conservación de los súbditos, pues son éstos los que tienen el poder.

El límite del poder del estado es el interés fundamental, de origen natural, que dio lugar a su creación, y como ese interés consistiría en buena parte en posibilitar la realización delos derechos naturales, el poder estatal tendrá un límite (que es ético) en el espeto a esos derechos, por tanto, la función del Estado es meramente instrumental, carece de un fin ético propio.

El monarca reina cuando tiene más poder que sus súbditos. Si no sucede esto se producen las revoluciones (dominio de las pasiones)


contractualismo rousseau

Una tercia resume los tres momentos del esquema de pensamiento de Rousseau. Son estado de naturaleza - sociedad civil – república. Es una ampliación del planteamiento dicotómico estructural del contractualismo, en el caso de Hobbes, estado de naturaleza – sociedad civil. Rousseau crítica es estado de naturaleza de Hobbes al señalar que "al ser el estado de naturaleza aquel en el cual el cuidado de nuestra conservación es el menos perjudicial para la del otro, este estado era en consecuencia el más adecuado para la paz y el más conveniente para el género humano (Rousseau 1989, 148). Roussseau también está en desacuerdo con el supuesto carácter violento del hombre en estado de naturaleza que atribuye Hobbes. Considera Rousseau que "Hobbes pretende que el hombre es naturalmente intrépido y no busca otra cosa que atacar y combatir" (Rousseau 1989, 124). Rousseau plantea que el hombre en estado de naturaleza es tímido. Y concluye el autor que "parece, así, que los hombres en tal estado, al no existir entre ellos ninguna clase de relación moral ni deberes comunes, no pudieron ser ni buenos ni malos, no tuvieron ni vicios ni virtudes" (Rousseau 1989, 146).

Para Rousseau la ley o derecho de naturaleza no es una imposición, no es una cuestión dada. Señala que "todo lo que nosotros podemos ver con gran claridad respecto a esta ley es que, no sólo para que sea ley es preciso que la voluntad de aquel a quien obliga pueda someterse con conocimiento de ella, sino que es preciso también, para que sea natural, que hable de modo inmediato de la voz de la naturaleza" (Rousseau 1989, 114).

Rousseau precisa que por naturaleza el hombre, que no ha sido alcanzado por la civilización, es bueno y sociable. Rousseau defiende ardorosamente la sociabilidad y voluntad general, que es la que tiene que decidir la actuación. Expresa el autor que "del concurso y de la combinación que nuestro espíritu puede hacer de estos dos principios (luces y libertad), sin que sea necesario incluir el de la sociabilidad, me parece que se deducen todas las reglas del derecho natural; reglas que la razón está forzada luego restablecer sobre otros fundamentos cuando, a través de desarrollos progresivos, llega hasta recubrir la naturaleza" (Rousseau 1989, 115).

Según el autor la máxima del gobierno legítimo y popular que persigue el bien del pueblo es guiarse por la voluntad general. "el cuerpo político es también un ser moral dotado de voluntad. Esa voluntad general, tendente siempre a la conservación y bienestar del todo y de cada parte, es el origen de las leyes y la regla de lo justo y de lo injusto para todos los miembros del estado, en relación con éste y con aquéllos" (Rousseau 1985, 9). Rousseau señala que es la necesidad de proteger la propiedad lo que da nacimiento a la sociedad. Advierte Rousseau que "como para querer hace falta ser libre, otra dificultad no menor consiste en asegurar a la vez la libertad pública y la autoridad del gobierno. Buscad los motivos que llevaron a los hombres, unidos por sus mutuas necesidades en la gran sociedad, a estrechar su unión mediante sociedades civiles: no encontraréis otro que el de asegurar los bienes, la vida y la libertad de cada miembro mediante la protección de todos" (Rousseau 1985, 13).

Rousseau plantea la necesidad de regresar a las pequeñas agrupaciones sociales, es decir, reivindica el regreso a la Ciudad-Estado. Consideraba que el pueblo soberano no puede estar representado, que no puede delegar su autoridad ni sus derechos a gobernarse. El pueblo debe gobernar por sí mismo y directamente y, como supone que tal cosa sólo puede lograrse en una sociedad lo bastante pequeña para que todo el pueblo pueda concurrir a la Asamblea, vuelve otra vez a la Ciudad-Estado como la única forma en que los términos del contrato social pueden ser cumplidos cabalmente. Y agrega Rousseau que "no basta con tener ciudadanos y con protegerlos; es preciso además cuidar de su subsistencia. Satisfacer las necesidades públicas es una consecuencia evidente de la voluntad general y el tercer debate esencial del gobierno" (Rousseau 1985, 34).

Rousseau estableció que la voluntad popular es el único fundamento de la organización política. Es defensor de la soberanía popular que considera debe ser expresada en Asambleas y niega la representación popular a la que considera ha de llevar fatalmente al dominio de la mayoría por los representantes populares. Según el autor las distintas formas de gobierno tienen su origen en las diferencias que se presentan entre los particulares en el momento de constituir el gobierno. "Si existía un hombre eminente en poder, en virtud, en riqueza o en crédito, en ese caso fue elegido él solo magistrado y el Estado se convirtió en monárquico. Si muchos, más o menos iguales entre sí, destacaban sobre los demás, entonces fueron elegidos de modo conjunto y surgió una aristocracia. Aquellos cuya fortuna o talentos eran menos desproporcionados y habían alejado menos del estado de naturaleza, conservaron en común la administración suprema y formaron una democracia. El tiempo verificará cuál de estas formas era la más ventajosa para los hombres" (Rousseau 1989, 193).

El concepto de sociedad civil en Rousseau indica además de la condición política de los hombres asociados, el carácter progresivo y civilizado del vivir social moderno, contrapuesto a la sencillez del modo de vida natural de los salvajes. Para Rousseau la historia de la civilización precede y pone a la cabeza la institución de los estados. La sociedad civil de Rousseau resume primero lo económico y lo técnico y finalmente político. Por eso el tercer momento del esquema del autor es la república.

Para Rousseau el contrato es un órgano del pueblo, y está, por ende, desprovisto de poder independiente. El acto imaginario que da origen a una sociedad no es ni siquiera remotamente semejante a un contrato, ya que los derechos y libertades de los individuos carecen en absoluto de existencia excepto en la medida en que los hombres son ya miembros de un grupo. Toda el pensamiento de Rousseau se basa en el hecho de que una comunidad de ciudadanos es única. Es una asociación, no un agregado, una personalidad moral y colectiva.

El orden social, según Rousseau, es un derecho sagrado que sirve de base a todos los demás. Precisa que se trata de encontrar una forma de asociación que de protección a las personas y a los bienes de cada asociado, y por la cual, uniéndose cada uno a todos, no obedezca más que a sí mismo y quede tan libre como antes.

Para el autor la sociedad deviene debido a la necesidad de proteger la propiedad. Pero también porque al convertirse en miembros de la sociedad, los hombres ganan individualmente más de lo que ganarían permaneciendo aislados. En este caso, la sociedad sustituye al instinto por la justicia y da a lasacciones de los hombres la moralidad de que antes carecían. Precisa "en lugar de volver nuestras fuerzas contra nosotros mismos, unámoslas en un poder supremo que nos gobierne según sabias leyes, que proteja y defienda a todos los miembros de la asociación, rechace los enemigos comunes y nos mantenga en eterna concordia" (Rousseau 1989, 180).

La voluntad general representa un hecho único respecto a una comunidad. Esto es que la comunidad tiene un bien colectivo que no es lo mismo que los intereses privados de sus miembros. En cierto sentido, vive su propia vida, realiza su propio destino y sufre su propia suerte. Para Rousseau que el estado o la ciudad es una persona moral cuya vida consiste en la unión de sus miembros. Es en la comunidad donde los hombres obtienen la libertad civil, que es un derecho moral y no meramente la libertad natural.

Así como la naturaleza da a cada hombre un poder absoluto sobre todos sus miembros, el pacto social da al cuerpo político un poder absoluto sobre todos los suyos. Señala Rousseau que cuando cada individuo enajena su poder, sus bienes y su libertad por el pacto social hay que convenir también que sólo el soberano es juez en cuanto al uso que da la comunidad, pero el soberano, por su parte, no puede imponer a los súbditos ninguna cadena inútil para la comunidad.

contractualismo locke

Es considerado el principal teórico de liberalismo. Su insistencia en respetar determinadas parcelas individuales harán de él un preludio claro de la mentalidad burguesa y antiestatista, aunque sus apreciaciones acerca del trabajo también son fundamento de cualquier teorización socialista".

John Locke define el estado de la naturaleza como un estado de "paz, benevolencia y ayuda mutua".

Consideraba que en el estado de la naturaleza los hombres debieron gozar de perfecta libertad para ordenar sus actos y para disponer de sus propiedades y sus personas como mejor les parecía, dentro de los límites de la Ley Natural, sin necesidad de pedir permiso y sin depender de la voluntad de otra persona"·

El fundamental derecho a la libertad que se deduce de las intenciones del Creador y de la necesidad de auto conservación, no conoce otro límite que la Ley Natural. Esta ley gobierna el estado de la naturaleza y que debe ser entendida como manifestación de la voluntad de Dios, enseña que nadie debe dañar a otro en su vida, salud y libertad. Así, todos los hombres están dotados de la razón y la libertad suficiente para conocer un orden del mundo que los lleva a cooperar con la preservación de sus derechos.

Para Locke mediante la razón el hombre conoce la Ley Natural y por ello le asiste el derecho de imponer a los demás su cumplimiento. Tiene el derecho a castigar a los transgresores de esa ley con un castigo que impida su violación".

Advierte que en el estado de la naturaleza "un hombre consigue poder sobre oro más no poder arbitrario o absoluto para tratar al criminal (...) siguiendo la apasionada fogosidad o la extravagancia ilimitada de su propia voluntad".

Locke considera que esta pena debe ser proporcionada a su trasgresión, según dictamine la razón y la conciencia, es decir, una pena que sirva para reparar el daño y para la represión. (8)

Hace la salvedad que el hombre cuando interpreta la ley para asuntos propios se convierte en juez y parte "el amor propio hará que esos hombres juzguen con parcialidad en favor de sí mismos y sus amigos. Por otro lado la malquerencia, la pasión y la venganza los arrastrará demasiado lejos al castigo que infligen a los demás, no pudiendo resultar de todo ello confusión y desorden, por lo que, sin duda alguna, Dios debió fijar un poder que evitase la parcialidad y la violencia de los hombres".

A partir de aquí se empeña en marcar diferencias entre el estado de la naturaleza y el estado de guerra, aunque para muchos estudiosos, no logra esteobjetivo.

Al parecer es inevitable que el estado de la naturaleza se convierta en un estado destructivo, pues al violar la Ley Natural no existen mecanismos para reestablecer el orden. Locke reconoce que los hombres violan la Ley Natural, ya que "no observan estrictamente los mandatos de la equidad y la justicia, resulta muy inseguro y mal salvaguardado el disfrute de los bienes que cada cual posee en ese estado" (123).

De lo anterior se desprende la necesidad del hombre de establecerse en sociedad. La condición natural en que se encuentra el hombre "por muy libre que sea está plagada de sobresaltos y de continuos peligros. Tienen razones suficientes para procurar salir de la misma y entrar voluntariamente en sociedad con otros hombres que se encuentran ya unidos, o que tiene el propósito de unirse para la mutua salvaguardia de sus vidas, libertades, y tierras, a todos lo cual incluyo dentro del nombre genérico de bienes o propiedades". (123).

Locke destaca que la finalidad de la sociedad civil es evitar y remediar los inconvenientes del estado de naturaleza que se producen forzosamente cuando cada hombre es juez de su propio caso".

Solo cuando un grupo de hombres se une en sociedad renunciando cada uno de ellos, al poder de ejecutar la ley natural, cediéndola a la comunidad, sólo así se constituye una sociedad política o civil"

Este grupo de hombres debe vivir en estado de naturaleza y deben asociarse para formar un pueblo, un cuerpo político sometido a un gobierno, o cuando alguien se adhiere o se incorpora a cualquier gobierno ya constituido.

"Por ese hecho autoriza a la sociedad o, lo que es lo mismo, a su poder legislativo para hacer las leyes en su nombre según convenga al bien público de la sociedad y para ejecutarlas siempre que se requiera su propia asistencia (como sí se tratase de opiniones propias suyas). Eso es lo que saca a los hombres de un estado de naturaleza y los coloca dentro de una sociedad civil, es decir, el hecho de establecer en este mundo un juez con autoridad para decidir todas las disputas y reparar todos los daños que pueda sufrir un miembro cualquiera de la misma" (89).

En conclusión aquellas personas que viven unidas, formando un mismo cuerpo, regidas por una ley común sancionada y de un organismo judicial al que recurrir, con autoridad para decidir las disputas entre ellos y castigar a los culpables, viven en sociedad civil los unos con los otros. Los hombres que carezcan de alguien a quien apelar siguen viviendo en el estado de naturaleza y a falta de un juez se convierten en jueces y ejecutores por sí mismos, ya que se ha demostrado que es ése es el estado perfecto de Naturaleza.

Para la formación de estas leyes que deben regir a la sociedad, Locke sostiene la teoría de la división de poderes: tres poderes que ejerzan el poder soberano. El poder legislativo, es aquel que tiene el derecho de señalar como debe emplearse la fuerza de la comunidad política y de los miembros de la misma. Destaca la necesidad que existan los poderes ejecutivo y federativo para que cuide la aplicación constante de las leyes.

"Estos dos poderes son en sí mismos realmente distintos; sin embargo, a pesar de que uno de ellos abarca la ejecución de las leyes comunales de la sociedad en el interior de la misma y a todos cuando la integran y el otro tiene a su cargo la seguridad y los intereses de la población en el exterior, con respecto a quienes pueden serles útiles o perjudicarle, ocurre que casi siempre suelen encontrarse unidos". (147)

Locke se inclina por la tesis de la rigurosa subordinación de los poderes al poder legislativo, y este último delegado a la voluntad popular, la cual conserva su derecho permanente de control sobre su efectivo ejercicio del poder, a fin de tutelar la propia libertad contra eventuales excesos ilegales.

Frente a un posible abuso constitucional Locke da al pueblo una especie de derecho a la revolución. Dicho derecho se ejerce en casos extremos, cuando sea imposible por otro medio reestablecer el orden normal de las cosas.

Si el propósito de principal de la sociedad civil es el resguardo de la propiedad, el organismo que lo ejecute

Constituirá el organismo más importante de la sociedad. Ese es el poder legislativo. Locke lo considera el 2alma que da forma, vida y unidad a lacomunidad política y lo llama "poder supremo", aunque tiene restricciones. No puede modificar las leyes para aplicarlas a casos concretos y sus normassolas perseguirán el bien de la comunidad, es decir, no puede violar los derechos naturales "la ley natural subsiste como norma eterna de todos los hombres sin exceptuar a los legisladores".

Locke justifica que le hombre entre a la sociedad civil "movidos por el impulso de salvaguardar lo que constituye su propiedad" al fijar un poder legislativo y delegarle sus derechos lo hace con la finalidad "que existan leyes y reglas fijas que vengan a ser como guardianes y vallas de las propiedades de toda la sociedad (...) De ahí , pues, que siempre que los legisladores intentan arrebatar o suprimir la propiedad del pueblo , o reducir a los miembros de este a la esclavitud de un poder arbitrario, se coloca en estado de guerra con el pueblo (...) Este pueblo tiene derecho a readquirir su libertad primitiva y mediante el establecimiento de un nuevo poder legislativo (el que crea más conveniente) proveer a su propia salvaguardia y seguridad, es decir, a la finalidad para cuya consecución están en sociedad ".

La propiedad privada y su defensa son excluidos del contenido del pacto de gobierno, ya que son un derecho natural y éstos son innegociables. La propiedad es el primer bien que el estado debe proteger.

"Tenemos, pues, la que la finalidad máxima y principal que buscan los hombres al reunirse en Estados o Comunidades, sometiéndose a un gobierno, es la de salvaguardar sus bienes; esa salvaguardia es muy incompleta en el estado de la naturaleza". (124)

Asegura que es necesario la creación de leyes para la defensa de la propiedad privada, aunque advierte que en el estado de la naturaleza estas leyes son muy claras, pero "los hombres llevados por su propio interés, o ignorantes por falta de estudio de la misma" no reconocen estas leyes cuando están en juego sus propios intereses.

Para Locke el hombre al renunciar al poder político que posee en el estado de la naturaleza y entregárselo a la sociedad (a los gobernantes que han elegidos) o lo hacen con la misión "...expresa o tácita de emplearlo para el bien de los miembros de la sociedad y la salvaguardia de sus propiedades (...) No puede, pues, en manera alguna y de un modo absoluto y arbitrario, extenderse ese poder a sus vidas y a sus propiedades que, por el contrario, deben defenderse y guardarse hasta donde sea posible".

La defensa de la propiedad privada como un derecho natural que el estado Constitucional debe proteger Locke la relaciona directamente con el trabajo, ya que mediante este el hombre saca las cosas del estado de la naturaleza y las hace instrumentos para satisfacer la necesidad humana. La propiedad es la institución fundamental del estado de naturaleza.

Explica que cada hombre tiene por Ley Natural propiedad sobre su cuerpo y por ende de las obras que con este realiza "por eso, siempre que alguien saca una cosa del estado en que la naturaleza la produjo y la dejó, ha puesto en esa cosa algo de su esfuerzo (...) y por ello la ha convertido en algo suyo".

Y como este cita muchos ejemplos como el agua de un manantial que es de todos los hombres, pero quien dudaría que la recogida en un recipiente pertenece al que lo llenó.

De esta manera el trabajo pasa a ser fuente del derecho de propiedad, que no sólo abarca los bienes de consumo sino los medios de producción, como la tierra, siempre y cuando sea trabajada por el hombre.

"La extensión de tierra que un hombre trabaja, planta, mejora, cultiva y cuyos productos son capaces de utilizar, constituye la medida de su propiedad".

Señala la salvedad que el hombre tiene derecho natural de poseer sólo que necesita, quien se adueña de bienes perecederos y nos los utiliza viola la Ley Natural, aunque admite la posibilidad de cambiar estos bienes por otros que puedan conservarse como metales.

Para salvaguardar aun más la propiedad los hombres aceptan la sociedad civil, renuncia a su propia defensa. Al consentir formar parte de una sociedad civil, puede ser tácito, participan en un convenio que origina la sociedad, haciendo dejación en ellas de las facultades que tenían en el estado de la naturaleza. A partir de allí la sociedad se encargará de protegerlo a través de leyes que debe dictar y que considere necesarias para el bien de la sociedad y castigando a quienes la infrinjan.

La transmisión tanto de funciones como derechos a la sociedad se caracteriza por la condicionalidad y la limitación.

El hombre entrega los derechos individuales esperando obtener beneficios, la sociedad recibe estos derechos y a su vez los entrega al gobierno, que se convierte en fideicomisario de la sociedad, de forma análoga a como ésta lo es del sujeto. Comienza así una relación de confianza con el gobierno, esperando que este persiga el bien de la comunidad. Vulnerar el convenio permite revocar el mandato.

Locke diferencia muy bien la autoridad de un padre sobre un hijo, de un amo sobre el esclavo, pero la obligación del súbdito de obedecer al soberano nace del contrato y así lo reconoce.

La única manera de permitir la legitimación es a través del consenso de aquellos sobre los que el poder se ejerce, en el origen de la sociedad civil debió existir el pacto –expreso o tácito-entre quienes fue acordado.

"Cierto que el individuo traspasa en el contrato de sociedad sus derechos al soberano, pero no para que los anule, sino para que los defienda o proteja. Si el particular se protegiera contra los ataques de sus conciudadanos, pero no contra el capricho del soberano, se parecería al tonto que se defiende de zorras y martas, pero se deja atacar por el león". (Manual de Historia de la Filosofía de Johann Fischl).

El postulado de la libertad natural lleva a Locke a ver toda libertad aparente en real y lo conduce a una hipótesis del intercambio no forzado que explica los fenómenos sociales como una conjunción de pactos explícitos e implícitos. Sostiene el principio "que ningún hombre se someta a la voluntad de otro sin su consentimiento", y que "allí donde hay pacto ya no hay esclavitud".

Locke se opone firmemente a los los argumentos del poder absoluto, pero para algunos de sus estudiosos pierde capacidad de penetración social y termina por sacrificar al altar del libre intercambio las dudas de que hasta que punto pueden considerarse libres y voluntarios los pactos realizados en situación de desequilibrio de poder y propiedad.

Advierte que mientras la sociedad exista el poder que cada individuo le entregó al entrar a formar parte de esta no puede ser revestido "sino que permanecerá siempre en la comunidad, porque sin eso no podría existir comunidad política, lo cual sería contrario al convenio primitivo". Asimismo cuando la sociedad ha colocado en una asamblea de hombres el poder de legislar, el poder legislativo no puede revestir al pueblo mientras subsista el gobierno "porque habiendo dado al poder legislativo faculta para subsistir indefinidamente, el pueblo ha renunciado al poder político y no puede volver a recobrarlo", al contrario si le dio existencia limitada al legislativo o este pierde poder por las faltas que comete o simplemente se cumple el lapso señalado "el poder legislativo revierte a la sociedad, y el pueblo tiene el derecho de actuar como soberano, de conservar para sí mismo el poder legislativo, darle otra forma, o de colocarlo, conservando la antigua, en otras manos. Según lo juzgue más conmveninete".